Toluca, Estado de México; 4 de marzo de 2023.
El Congreso de la Ciudad de México, a través de la Ley de Protección Animal y la Ley de Cultura Cívica castigará con penas de hasta 10 años a quien realice operaciones de maltrato, mataderos clandestinos, consumo y uso de animales con fines sexuales.
En el caso del abandono, será sancionado con penas desde 5 meses hasta un año de prisión cuando se realice en la vía pública y con seis años de cárcel por maltrato y crueldad ejercida hacia animales.
En beneficio del respeto a la vida de estos seres sintientes, las autoridades reformaron el Código Penal local, la Ley de Protección a los Animales y la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México.
El Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México, estimó que, hasta la fecha, se han atendido más de 17 mil 600 reportes por maltrato animal, donde el 87% de ellos están relacionados con perros.

Por otra parte, también se estableció como delito grave el consumo de animales domésticos clasificarse una nueva fracción 27 al artículo 25 de la Ley de Protección a los Animales.
Así mismo, en el Código Penal este delito quedó agravado hasta en una mitad la pena principal del artículo 350 Ter que castigará de tres a nueve años de cárcel, 25 a 36 horas de arresto y multa de 62 mil 422 pesos a quien sacrifique animales de compañía para consumo humano, así como todos los seres sintientes sujetos activos del delito.
Con información de: Milenio.