CONFIRMA EL REINO UNIDO LA LEGALIDAD DE ABORTAR FETOS CON SÍNDROME DE DOWN

Desechó dos demandas para evitar esta acción.

Foto: Su Médico

Londres, Reino Unido, 25 de noviembre de 2022.

El Tribunal británico de Apelación confirmó la legislación que permite el aborto de fetos con síndrome de Down hasta el momento del nacimiento, esto luego de rechazar un recurso presentado por una mujer que sufre ese trastorno genético y una madre de un niño que también lo padece.

La demanda fue presentada contra el Ministerio de Sanidad y Cuidado Social, por Heidi Crowter, una mujer de 27 años, originaria de Coventry que tiene síndrome de Down, y Marie Lea-Wilson, madre de un niño que también tiene Síndrome de Down.

Esta querella fue presentada con la esperanza de que se eliminara una sección contemplada en la Ley del Aborto al considerar que se trata de un ejemplo de “desigualdad”.

Si bien en Inglaterra, Gales y Escocia la actual legislación permite abortar siempre que se haga dentro de las primeras 24 semanas del periodo de gestación, la ley también permite el aborto hasta el momento del nacimiento cuando existe un “riesgo sustancial”, “si el niño que naciera sufriese de anomalías físicas o mentales o tuviera minusvalías graves”, que incluyen el síndrome de Down.

Los magistrados de la Corte de Apelaciones determinaron este viernes que la legislación no interfiere con los derechos de los “incapacitados que están vivos”.

El síndrome de Down es una afección en la que la persona tiene un cromosoma extra, el 21, a lo que se llama “trisomía”.

Esta copia extra cambia la manera en que se desarrollan el cuerpo y el cerebro del bebé, lo que puede causarle tanto problemas mentales como físicos.

Las personas con síndrome de Down generalmente tienen un coeficiente intelectual (una medida de la inteligencia) en el rango de levemente a moderadamente bajo y son más lentas para hablar que las demás.

*Con información de: elmundo.es